domingo, 9 de septiembre de 2018

ELEGIR BIEN PARA NO LAMENTARNOS DESPUÉS

ELEGIR BIEN: 
EVITEMOS SEGUIR ELIGIENDO DELINCUENTES                   

LA PUS SIGUE SALTANDO, SIN PONER EL DEDO.
El mal ejemplo, llega desde las más altas “autoridades”, ex presidentes de la república presos, prófugos y otros esperando; gobernadores, alcaldes, funcionarios, etc. presos lo demuestran. Del Congreso, ni hablar. Un informe Lava Jato sesgado, protegiendo al mentiroso Fiscal de la Nación acusado de pertenecer a la red criminal “los cuellos blancos del puerto”, demora del trámite del suspendido Juez César Hinostroza, hoy acusado como “el jefe” de dicha red, demora en el debate sobre el referéndum, etc., etc.

Los “audios” seguirán revelando lo podrido del Poder Judicial PJ, del Ministerio Público MP, del Consejo Nacional de la Magistratura CNM, las prebendas de la Federación Peruana de Fútbol para favorecerse con sentencias, las coimas, etc., las cuales deben investigarse y sancionarse con el mayor peso de la ley (destitución del cargo y función, inhabilitación profesional de por vida, incautación de bienes y recluirlos en la cárcel). Como también, a los “empresarios” y trabajadores que han sido operadores de esta mafia de cuello blanco.

Es necesario precisar, en estas instituciones tutelares hay personas dignas y decentes, comprometidas con su profesión y funciones a las cuales debemos apoyar en su tarea de erradicar la corrupción de sus filas.

ELEGIR BIEN ES UN DEBER INMEDIATO

Estamos a pocos días para la elección de 1678 alcaldes distritales, 196 alcaldes provinciales y 25 gobernadores regionales a nivel nacional, con una población electoral de más de 23 millones de peruanos.

No podemos seguir:
·      eligiendo delincuentes como alcaldes  (distritales, provinciales) y gobernadores
·      preguntándonos el día de las elecciones ¿No sé por quién votar?
·      decidiendo con lo que “me dijo mi vecina”, “mi tío”, “la publicidad de la TV y las radios”, “las encuestas”, etc.
·      creyendo a candidatos que prometen y prometen
·      diciendo “siempre dicen los mismo”, “eso ya lo escuché en la elecciones anteriores”, “son promesas de candidatos y cuando llegan, se olvidan de lo que dicen”, “siempre hacen obras a pocos meses de las elecciones”
·      siendo observadores de lo que ocurre, sino PROTAGONISTAS, actores, responsables

CHAPA TU CANDIDATO E INVESTIGALO

Cada uno tiene sus simpatías y expectativas. Ver Anexos.  La forma tradicional, elegir por elegir, nos traido al momento actual, pero esto debe cambiar. Aquí la mejor propuesta.

TAREA 1  Debemos investigar:

·      saber ¿cuántos candidatos hay?
·      ¿cuáles son los candidatos?
·      ¿cuál es su hoja de vida?
·      ¿en qué partidos o movimientos políticos estuvo?
·      ¿qué antecedentes tienen?
·      ¿dónde vive? ¿en qué trabaja? ¿sobre sus familiares?, etc.
·      ¿qué experiencia tiene?
·      ¿qué propuestas tiene en sus planes de gobierno?Debemos investigar:

TAREA 2  Leer y analizar:

·      buscar las propagandas de todos los candidatos
·      identifiquemos a los candidatos, sus fotos, sus propagandas, sus símbolos, las paredes con su nombre, sus caravanas de carros, sus marchas, sus fiestas, sus regalos, polos y banderas, etc.
·      de sus propagandas, cuántas en TV, en las radios, en los mercados, las impresas: gigantografías, afiches, volantes, paredes pintadas
·      leer y analizar sus propuestas que sean factibles de realizarse
·      compararlas con las que ya se hicieron o de los otros candidatos

TAREA 3  Debemos estar informados:

·      entremos a internet, a gloogle
·      busquemos la página web de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE
·      ingresemos a www.votoinformado.pe
-       dice “Busqueda por DNI” o “Por lugar y/o candidato”. Si no tenemos el DNI, busquemos por “el lugar”
-       si “busca tu localidad”; pon tu región, provincia, distrito
-       luego “Busca tu candidat@”
-       Poner: candidato 1 y candidato 2
-       aparece “Qué desea comparar”: “Hoja de vida” y “Planes de gobierno”
-       En “Hoja de vida” se puede saber sobre:
·  Experiencia laboral
·  Formación académica
·  Cargos partidarios y eleccion popular
·  Relación de sentencias
·  Ingresa de bienes y rentas
·  Información adicional
-       Y en “Planes de gobierno” hay información sobre:
·  Dimensión social
·  Dimensión institucional
·  Dimensión económica
·  Dimensión territorial – ambiental

Comparemos esta información con la realidad para poder escoger bien

TAREA 4 Saber ¿cuánto gana un Alcalde y/o Regidor de una municipalidad?

La Ley Nº 28212 “Ley que desarrolla el artículo 39º de la Constitución Política en lo que se refiere a la jerarquía y remunera­ciones de los altos funcionarios y autorida­des del Estado”, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 025-2007-PCM y sus modificatorias, Decreto de Urgencia 038-2007-PCM, fijan el número de Unidad de Ingreso del Sector Público – UISP por cada cargo. Ver Anexos.

Esta ley señala que el sueldo de los alcaldes NO puede superar las de la UISP. Además, faculta a los alcaldes de capitales de departamento y Callao a tener una asignación adicional. Según las normas legales hay 20 escalas para determinar el sueldo de un alcalde en función a la población electoral de cada lugar, como también de los ingresos económicos que percibe cada municipalidad.

Este año una UISP tiene el valor de S/. 2600 (D.S. 087-2017-PCM), es decir, no puede ser superior a 11050 soles mensuales. Los regidores pueden ganar “hasta un 30% del sueldo del alcalde”. Su período de gobierno es de 4 años. El monto de la UISP será igual para el 2019. Ver ejemplos en los Anexos.
  
TAREA 5  Calcular ¿cuánto gasta un candidato a Alcalde y/o Gobernador?

PUBLI-CIDAD
DESCRIPCIÓN
POSIBLE GASTO
Televisión
Aviso 30’  de lunes a viernes: 5pm a 12pm
* sábado y domingo varían * % de aumento según regiones
No incluye IGV
Canal 5
3878,00
por un (1) aviso

Radios
Aviso mínimo: 10’ Costo por segundo en horario estelar
No incluye IGV
71500,00
Por 10 avisos
Giganto-grafías
Banner de 2m de ancho x 2m de largo, con bastidor
4800,00
por 60 banner
4000,00
por 20 banner
Volanteo
Medio A4
1100,00
por 10 millares
Pintas en paredes
Alquiler de pared, Ancho=2,80m
Largo=3 ó 4 m

12200,00
por 10 paredes pintadas
Actividades cívicas
Día de la Madre, Día del Padre, Por 28 de julio, Día del niño, etc.

Por 100 personas
2190,00
por actividad
4380,00
por 2 actividades en la campaña
Caravanas o Marchas
Recorrer por calles principales
1500,00
por 10 auto/mototaxi
Perifóneo
Recorrer por calles principales
1800,00
por 10 perifóneos
Polos, gorros, banderas
Para militantes, simpatizantes, vecinos, etc.
1800,00
por 100 de c/u
Otros
Contrato de personal, pasajes, fletes, refrigerios, imprevistos, etc.
1542,00

T O T A L
108 500

SI EL PROMEDIO DEL SUELDO DE LOS ALCALDES ES S/. 6500 ¿Cómo recuperará dicho gasto? 

TAREA 6  Debemos estar atentos y alertas:

·      Si hay debate entre los candidatos
·      Escuchar, analizar, escoger, comparar
·      Si tiene nuevas denuncias
·      Saber ¿quién o quiénes financian su campaña?
·      Saber ¿cómo financiará las obras que está proponiendo en su plan de gobierno? 

TAREA 6  Debemos estar atentos y alertas:

·      Si hay debate entre los candidatos
·      Escuchar, analizar, escoger, comparar
·      Si tiene nuevas denuncias
·      Saber ¿quién o quiénes financian su campaña?
·      Saber ¿cómo financiará las obras que está proponiendo en su plan de gobierno?

TAREA 7  Decidir

Ø  NO VOTAR por el candidato:
·      que más dinero gasta
·      que más propaganda hace
·      que más paredes pinta
·      que más espacios radiales compra
·      que más regalos entrega
·      que más caravanas o marchas hace
·      que más fiestas organiza
·      que más locales tiene
·      que más banderas pone
·      que te prometen de todo
·      que miente en su Hoja de vida
·      que no tienen plan de gobierno o pretenden cambiarlo
·      que tiene sentencias judiciales por corrupción, por acoso o violación sexual, por alimentos, etc.
·      que van a la reelección en otros distritos o provincias
·      si tienen familiares que pretenden reemplazarlos en el cargo
·      de partidos o movimientos políticos que tengan indicios de recursos económicos provenientes de la corrupción,  narcotráfico o lavado de activos
·      de partidos o movimientos políticos conocidos e implicados en escándalos de corrupción, videos o audios
·      que van a la elección provincial y NO han cumplido sus funciones distritales
·      que hacen obras o roto pistas en los últimos meses
·      que no apoyaron a la educación o a las II.EE. de su jurisdicción

Ø  VOTAR por el candidato:

·      que es honesto, ético y responsable
·      que tiene mejor hoja de vida
·      que no tiene ningún vínculo con la corrupción
·      que no tiene antecedentes policiales, judiciales o penales
·      que tiene mejores planes de gobierno e incluye la participación de los vecinos
·      que al estar informado, elegiste


·      que al estar informado, elegiste


NO OLVIDEMOS QUE A MAYOR INVERSIÓN O GASTO EN LAS CAMPAÑAS,
AL GANAR LA ALCALDÍA,
BUSCARÁN RECUPERARLO  A CÓMO DÉ LUGAR.

MÁS DATOS:
·      En total participarán por primera vez 845770 varones y 816122 mujeres.
·      ¿Cómo saber dónde votar? O si ¿eres miembro de mesa o no? CONSULTAR:
·      La Ley N° 30305, publicada el 10/03/2015, prohíbe la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores a su misma jurisdicción. 
·      Para mayor información, ingresar a www.onpe.gob.pe


VER en google: Artículo completo en SEMBRANDO YA! de Setiembre 2018     

ELEGIR BIEN PARA NO 
LAMENTARNOS DESPUÉS




lunes, 9 de julio de 2018

ESCÁNDALO en el Consejo Nacional de la Magistratura y Poder Judicial



CORRUPCIÓN  INSTITUCIONALIZADA

¡ ES HORA DE ACTUAR !

Hace más de cien años el ciudadano y ensayista Manuel Gonzales Prada sentenciaba “El Perú es un organismo enfermo, donde se pone el dedo salta la pus”. Hoy nuestras autoridades y políticos lo han superado, pues ya no se necesita poner el dedo, la pus sale sola.

Estos últimos años, han demostrado que la sociedad peruana sigue enferma, en constante crisis y todas sus instituciones corroídas por la corrupción. El mal ejemplo, nos lo dan las más altas “autoridades”, por ello hemos tenido y tenemos ex presidentes de la república presos, prófugos y otros esperando; al igual que gobernadores, alcaldes, funcionarios, etc.

El escándalo sucedido con el Consejo Nacional de la Magistratura CNM, donde diversos audios propalados en los medios de comunicación compromete a miembros del Poder Judicial PJ (jueces, supremos, etc.) y miembros del CNM en componendas al margen de la ley debe permitir: investigar y sancionar públicamente (con destitución del cargo y función e, inhabilitarlo profesionalmente de por vida).

Además, se hace necesario una reforma integral del CNM y PJ, lo que implica que para acceder al CNM debe ser como lo establece el numeral 4 del artículo 155 de la Constitución Política: "4. Dos elegidos, en votación secreta, por los miembros de los demás Colegios Profesionales del país,” Es decir, en VOTACIÓN UNIVERSAL Y DIRECTA (un agremiado un voto) por todos los profesionales colegiados del país y, no como ahora, que es a través de “delegados”, es decir, entre ‘amigos’ como lo precisa el artículo único de la ley 29521 (publicada el 23 de abril del 2010) que modifica el artículo 17 de la Ley 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura que dice:
 ( … )
4) Dos elegidos por los miembros hábiles de los demás colegios profesionales del país. Para este efecto, los agremiados hábiles de cada colegio profesional eligen a su delegado-candidato, quien, a su vez reunido con sus pares en Asamblea de Delegados, eligen a los consejeros entre ellos, quienes deben pertenecer a colegios profesionales diferentes”.

En las últimas elecciones para el CNM solo participaron casi 105 mil profesionales de 10 colegios profesionales de los más de 950 mil profesionales que agrupan los 35 colegios profesionales organizados de acuerdo a la Ley de creación del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, Ley 28948.

¿QUÉ HACER?

Que el Colegio de Profesores del Perú CPPe, integrante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú se pronuncie al respecto.

Que el CPPe promueva una iniciativa legislativa para derogar la Ley 29521 en lo referido a modificar la elección de delegados y retomar la Votación universal, secreta y directa (un agremiado un voto) para la designación de miembros al Consejo Nacional de la Magistratura.

Promover, conjuntamente con el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú, una propuesta de reforma integral del Consejo Nacional de la Magistratura.

    * Solicitar la renuncia de los implicados en los audios y suspender la designación, ratificación de jueces hasta que se investigue y se sancione.
   
   * Convocar a los profesionales colegiados a acciones de rechazo contra esta corrupción institucionalizada.

 ¡ MOVILIZACIÓN SOCIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN !

Para mayor información incluimos el Capítulo IX de la Constitución Política del Perú:

CAPÍTULO IX
DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

Artículo 150°.- El Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando éstos provengan de elección popular. El Consejo Nacional de la Magistratura es independiente y se rige por su Ley Orgánica,

Artículo 151°.- La Academia de la Magistratura, que forma parte del Poder Judicial, se encarga de la formación y capacitación de jueces y fiscales en todos sus niveles, para los efectos de su selección. Es requisito para el ascenso la aprobación de los estudios especiales que requiera dicha Academia.

Artículo 152°.- Los Jueces de Paz provienen de elección popular. Dicha elección, sus requisitos, el desempeño jurisdiccional, la capacitación y la duración en sus cargos son normados por ley. La ley puede establecer la elección de los jueces de primera instancia y determinar los mecanismos pertinentes.

Artículo 153°.- Los jueces y fiscales están prohibidos de participar en política, de sindicarse y de declararse en huelga.

Artículo 154°.- Son funciones del Consejo Nacional de la Magistratura: 1. Nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto conforme de los dos tercios del número legal de sus miembros. 2. Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años. Los no ratificados no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público. El proceso de ratificación es independiente de las medidas disciplinarias. 3. Aplicar la sanción de destitución a los vocales de la Corte Suprema y Fiscales Supremos y, a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, respectivamente, a los jueces y fiscales de todas las instancias. La resolución final, motivada y con previa audiencia del interesado, es inimpugnable. 4. Extender a los jueces y fiscales el título oficial que los acredita.

Artículo 155°.- Son miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a la ley de la materia: 1. Uno elegido por la Corte Suprema, en votación secreta en Sala Plena. 2. Uno elegido, en votación secreta, por la Junta de Fiscales Supremos. 3. Uno elegido por los miembros de los Colegios de Abogados del país, en votación secreta. 4. Dos elegidos, en votación secreta, por los miembros de los demás Colegios Profesionales del país, conforme a ley. 5. Uno elegido en votación secreta, por los rectores de las universidades nacionales. 6. Uno elegido, en votación secreta, por los rectores de las universidades particulares. El número de miembros del Consejo Nacional de la Magistratura puede ser ampliado por éste a nueve, con dos miembros adicionales elegidos en votación secreta por el mismo Consejo, entre sendas listas propuestas por las instituciones representativas del sector laboral y del empresarial. Los miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura son elegidos, conjuntamente con los suplentes, por un período de cinco años.

Artículo 156°.- Para ser miembro del Consejo Nacional de la Magistratura se requieren los mismos requisitos que para ser Vocal de la Corte Suprema, salvo lo previsto en el inciso 4 del artículo 147º. El miembro del Consejo Nacional de la Magistratura goza de los mismos beneficios y derechos y está sujeto a las mismas obligaciones e incompatibilidades.

Artículo 157°.- Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura pueden ser removidos por causa grave mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de miembros.